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Convalidaciones

El alumnado podrá solicitar la convalidación desde el momento en el que formalice su matrícula, entregando el modelo Anexo IV de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre,  cumplimentado, en la Secretaría del Centro. Este modelo puede recogerse en la Secretaría del Centro o ser descargado previamente en este enlace:

IMPRESO DE SOLICITUD (pdf)

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la certificación académica oficial o título que acredite la formación previa alegada. Solo se pueden alegar enseñanzas cursadas dentro del Sistema Educativo.

 

Documentos para acreditar la formación:

  • Certificación académicaoficial expedida por el centro docente donde he cursado los estudios que alego.
  • En el caso de alegar un título, debes presentar el título oficialo resguardo de haberlo solicitado.
  • En el caso de alegar enseñanzas universitarias, además de la certificación académicaoficial, deberé presentar los programas de las asignaturasque haya cursado, sellados por la Secretaría del centro universitario.
La formación aportada puede ser:

  • Otros ciclos formativosde Formación Profesional de grado medio o superior cursados con anterioridad.
  • Enseñanzas universitarias: diplomaturas, licenciaturas, grados, los nuevos máster Bolonia.
  • Las antiguas enseñanzas de Formación Profesionalde primer y segundo grado (títulos de Técnico auxiliar y Técnico especialista).
  • Ciclos formativos de Enseñanzas deportivaso de Artes Plásticas y Diseño.
  • Las enseñanzassiguientes no se pueden alegarporque no están integradas en el Sistema Educativo:
    • Cursos de Formación Profesional para el empleo, exceptuando aquellos que conducen a la obtención de un Certificado de profesionalidady a la acreditación oficial de unidades de competencia.
    • Cursos privados realizados en academias y centros de formación que no imparten enseñanzas oficiales.
    • Cursos propios impartidos en la Universidad, que no son másteres oficiales.

En el caso de alegar enseñanzas universitarias, el alumnado deberán adjuntar además los programas de las materias correspondientes, sellados por la Secretaría de la Facultad o Escuela.

Convalidación aportando experiencia laboral
Si poseo experiencia laboral relacionada directamente con el ciclo formativo que estoy estudiando puedo pedir no tener que realizar el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. A esta convalidación se le llama exención.

¿Cómo se solicita la exención del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT)?

Para solicitarla debe demostrar que ha estado trabajando al menos un año a tiempo completo o equivalente, en una ocupación propia del ciclo formativo que esté estudiando.

La experiencia laboral se puede haber obtenido trabajando como asalariado, como autónomo, como voluntario o como becario.

– La solicitud de exención se debe presentar en la Secretaría del centro docente en el que esté matriculado, utilizando el impreso que se le proporcionará en el mismo o descargándola en este enlace:

Solicitud de exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo:

– La solicitud debe realizarla al menos un mes antes de la fecha prevista de comienzo de la FCT (si ya estoy matriculado en segundo curso) o en el momento de la matrícula (si solo me matriculo de la FCT y, en su caso, del Proyecto).

Deberá adjuntar los documentos que acrediten su experiencia laboral:

  • Para trabajadores o trabajadoras asalariados: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación. Además se debe aportar contrato de trabajo o certificación de la empresa, en la que conste la duración del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
  • Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente. Además se debe aportar descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
  • Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, las actividades y funciones realizadas, el período en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

– La Dirección del centro docente le comunicará la resolución de su solicitud al menos diez días antes del inicio de la Formación en Centros de Trabajo. El resultado puede ser:

  • Exención total: no tendrá que realizar la FCT.
  • Exención parcial: tendrá que realizar la FCT, pero solo algunas actividades en la empresa.
  • Denegación de la exención: tendrá que realizar la FCT completa. Si no está de acuerdo con esta denegación puede realizar una reclamación (recurso de alzada) en la Delegación Territorial de Educación de su provincia justificando debidamente los motivos.

Además, como la mayoría de los módulos profesionales de un ciclo formativo están asociados a unidades de competencia, puede pedir la convalidación de otros módulos profesionales siempre que pueda demostrar que, con su experiencia profesional ha adquirido una o varias competencias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP). Para ello, es necesario que pueda acreditar oficialmente que poseen esa competencia mediante un certificado de profesionalidad o porque han participado en un procedimiento de acreditación de competencias profesionales y así se lo han reconocido.

A veces, al superar un módulo profesional se acreditan varias unidades de competencia o es necesario superar varios módulos profesionales para acreditar una única unidad de competencia.

En el siguiente enlace se expone más información sobre convalidaciones: Información sobre convalidaciones (actualizado curso 2016/17) (PDF)

Para saber qué unidades de competencia se adquieren en cada ciclo formativo y las posibles convalidaciones hay que consultar en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el Real Decreto que regula el título correspondiente.

  • El anexo V-Bde cada Real Decreto indica las unidades de competenciaque el alumnado adquiere al superar cada módulo profesional.
  • El anexo V-Aindica las unidades de competenciaque tiene que poseer la persona trabajadora para pedir la convalidación de cada módulo profesional.
Hay que tener en cuenta que:

1.- Para solicitar la convalidación de módulos profesionales hay que estar previamente matriculado en ellos .

2.- La convalidación no se realiza nunca sobre la globalidad del título sino sobre los módulos profesionales.

3.- Haber cursado enseñanzas superiores no siempre da derecho a la convalidación de enseñanzas relacionadas de menor nivel, aunque en ambas haya materias con nombres similares.

4.- Los módulos profesionales que se convaliden constarán en el expediente como Convalidado y computarán como «5» al calcular la nota media final del ciclo formativo.

5.- Una materia convalidada no puede alegarse para conseguir la convalidación de otra nueva. Solo se pueden alegar aquellas materias que hayan sido realmente cursadas y superadas.

6.- Hay algunas convalidaciones que están recogidas en la normativa y por tanto son «seguras» y otras que deben ser valoradas y resueltas después de comparar los contenidos de la formación aportada con los de la que quiero convalidar.

7.-  Si se solicita alguna convalidación de las que aparecen recogidas en la normativa, la Dirección del centro docente resolverá la solicitud, me concederá la convalidación y me lo comunicará para que no siga asistiendo a clase. Si la Dirección del centro docente estima que mi solicitud de convalidación carece de fundamento, denegará la convalidación. Si no se está de acuerdo con esta denegación puede realizar una reclamación (recurso de alzada) en la Delegación Territorial de Educación de mi provincia, en el plazo de un mes, justificando debidamente mis motivos.

8.- Si se alegan enseñanzas universitarias, de FP-I, de FP-II … la solicitud de convalidación requiere que se valoren y comparen sus contenidos con los de los módulos profesionales a convalidar, por lo que la Dirección del centro docente debe remitir la solicitud al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD) en Madrid. Las solicitudes de convalidación remitidas al MECD pueden tardar algún tiempo en ser resueltas. Por eso es conveniente que se presente la solicitud en cuanto realice la matrícula.  En este caso, el solicitante deberá registrarse en la Sede Electrónica del MECD, para que una vez resuelta, el MECD se pondrá directamente en contacto con el solicitante, a través del correo electrónico que haya facilitado, para comunicarle el resultado y para que descargue la resolución desde la Sede Electrónica del MECD. Si le han concedido la convalidación, deberá presentar la resolución en el centro docente para que la anoten en el expediente académico.

9.- Hay que tener en cuenta que si se obtuviese la convalidación de algún módulo profesional se podrá solicitar una extensión de matrícula y matricularse de nuevos módulos profesionales de primer o segundo curso, siempre que exista disponibilidad de plazas en el centro docente, no se supere la carga horaria total de 1000 horas y sea posible compatibilizar el horario de todos los módulos profesionales de la matrícula.